México
Oficina de Género / de la Mujer
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cuenta con un programa o sistema específico en materia de igualdad de género. Lo implementa a través del Comité Interinstitucional de Igualdad de Género del Poder Judicial de la Federación (CIIGPJF), la Unidad General de Igualdad de Género de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (UGIG), y del ahora recién creado Consejo Consultivo de la Unidad de Igualdad de Género de la SCJN (CCUIG). Este último órgano brinda apoyo y consulta en materia de planeación, dirección, control y evaluación en políticas de igualdad de género.
Los órganos encargados de ejecutar dichas acciones y objetivos se encuentran dotados de una serie de facultades relacionadas con sus tareas encomendadas, a continuación se presentan:
Del Comité Interinstitucional de Igualdad de Género del Poder Judicial de la Federación[1]
- Impulsar la vigencia de una política de igualdad de género, así como de la adopción de medidas especiales de carácter temporal encaminadas a lograr esa igualdad.
- Establecer los lineamientos para cumplir las obligaciones internacionales en la materia y de unificar los criterios generales de planeación, seguimiento y evaluación de los esfuerzos para institucionalizar y transversalizar la perspectiva de género en el Poder Judicial de la Federación.
De la Unidad General de Igualdad de Género[2]
- Promover la institucionalización de la perspectiva de género en las labores jurisdiccionales de la Suprema Corte.
- Aportar herramientas teóricas y prácticas para transversalizar la perspectiva de género en la vida institucional de la Suprema Corte tanto en su aparato administrativo como en la carrera judicial.
- Proponer el diseño y desarrollo de estrategias para promover la generación de ambientes laborales libres de violencia y discriminación.
- Proponer la construcción de redes de colaboración y sinergia con diferentes actores clave por su incidencia y participación en los procesos de impartición de justicia.
- Promover y coadyuvar en la instrumentación de políticas intercambios académicos, estrategias de divulgación, supervisión y evaluación en materia de igualdad de género.
- Realizar investigaciones sobre el impacto de políticas de género institucionales.
- Proponer normas y lineamientos que favorezcan la implementación de la perspectiva de género en las labores desempeñadas.
- Formular recomendaciones en materia de género.
- Desarrollar una política/estrategia/plan de acción sobre género.
- Impulsar actividades de capacitación sobre igualdad de género.
- Desarrollar campañas/ políticas de sensibilización institucional sobre igualdad de género.
Del Consejo Consultivo de la Unidad General de Igualdad de Género[3]
- Formular propuestas de políticas, lineamientos y acciones a la Unidad General de Igualdad de Género.
- Dar seguimiento a la ejecución de los programas institucionales de igualdad de género en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
- Opinar sobre la integración de los programas anuales de trabajo de la Unidad General de Igualdad de Género.
- Emitir opinión sobre temas relevantes en materia de acceso a la justicia y perspectiva de género en el ámbito del Poder Judicial de la Federación.
- Compartir las mejores prácticas nacionales e internacionales en materia de igualdad de género.
- Proponer acciones de colaboración entre la Unidad General de Igualdad de Género y organismos públicos y privados, nacionales e internacionales, relacionadas con la promoción de la igualdad de género.
- Participar en foros y talleres que organice la Unidad General de Igualdad de Género.
En referencia al marco normativo en que se sustenta las distintas líneas de acción a seguir en materia de igualdad de género se citan:
1) La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2) La Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, 3) El Reglamento Orgánico en Materia Administrativa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, 4) El Manual de Organización Específico de la Unidad General de Igualdad de Género, 5) El Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Género. Haciendo realidad el derecho a la igualdad, 6) Diversos Acuerdos Generales de Administración, del Presidente de la SCJN, entre otros.
Estas acciones encaminadas a la igualdad de género benefician a las servidoras y los servidores públicos de la SCJN.
[1] Para mayor información del Comité Interinstitucional de Igualdad de Género se puede consultar en https://www.scjn.gob.mx/igualdad-de-genero/comite-interinstitucional
[2] Cfr. Artículo 44 del Reglamento Orgánico en Materia Administrativa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (última reforma de marzo de 2018) y el Manual de Organización Específico de la Unidad Género de Igualdad de Género. Véanse los siguientes enlaces: https://www.scjn.gob.mx/conoce-la-corte/marconormativo/public/api/download?fileName=roma(1).pdf y https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/estructura_organica/manual_organizacion/2019-02/MOE_UGIG_V1_6-dic-2018%20.pdf
[3]ACUERDO General de Administración número V/2019, del Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de catorce de junio de dos mil diecinueve, por el que se establece el Consejo Consultivo de la Unidad General de Igualdad de Género de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2019. Véase el siguiente enlace: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5564011&fecha=25/06/2019
Oficina de violencia doméstica
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), tiene dentro de su estructura la Unidad General de Igualdad de Género, la cual contiene en sus atribuciones:
III. Proponer el diseño y desarrollo de estrategias para promover la generación de ambientes laborales libres de violencia y discriminación.
Aunque la oficina no lleva el nombre específico, se encuentra contemplada dentro de su quehacer. Sin perjuicio de lo anterior el trabajo de la Primera Sala de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha emitido diversos criterios en materia de violencia familiar. Al respecto, toma relevancia aquel emitido en marzo de 2018 dentro del juicio amparo directo en revisión 6181/2016[1], el cual obliga a los jueces a ejercer su función jurisdiccional con perspectiva de género en aquellos asuntos en materia penal donde la víctima hubiese sido sometida a violencia familiar (violencia de género).
[1]Véase los siguientes enlaces: www.scjn.gob.mx y https://eljuegodelacorte.nexos.com.mx/?p=8297
Servicios para pueblos originarios
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cuenta con un programa o sistema específico en materia de pueblos originarios. Este se implementa a través de la Dirección General de Estudios, Promoción y Desarrollo de los Derechos Humanos de la SCJN (DGEPDDH).
La DGEPDDH se encuentra dotada de una serie de facultades generales en materia de Derechos Humanos que atiende a la transversalidad de grupos específicos como son los pueblos originarios, los cuales se encuentra comprendidos en las siguientes tareas:
- Impulsar las políticas de protección de los derechos humanos tanto en el ámbito administrativo como en el jurisdiccional.
- Coordinar y elaborar, previa aprobación el Presidente de la SCJN, estudios, análisis, proyectos, opiniones, informes, talleres y publicaciones en materia de derechos humanos con el objetivo de auxiliar en la labor jurisdiccional.
- Promover, orientar y evaluar políticas en materia de derechos humanos al interior del Poder Judicial de la Federación en colaboración con las áreas correspondientes.
- Formular estrategias y coordinar el desarrollo de instrumentos que permitan la sistematización de información en materia de derechos humanos.
Como otros datos de interés se encuentran los resultados que destacan la importancia de la protección de los derechos de los pueblos originarios, como son:
- El Protocolo de Actuación para quienes imparten justicia en casos que Involucren derechos de personas, comunidades y pueblos indígenas[1].
- La realización de publicaciones especializadas como "El pensamiento indígena contemporáneo[2]" y "Los pueblos negros de México: su lucha por la sobrevivencia cultural y el reconocimiento jurídico[3]".
- Las jornadas de las Personas Indígenas en la Suprema Corte que se realizarán en octubre próximo[4].
En referencia al marco normativo en que sustenta las distintas líneas de acción a seguir en materia de pueblos originarios se citan:
1) La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2) La Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, 3) El Reglamento Orgánico en Materia Administrativa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, 4) El Protocolo de Actuación para Quienes Imparte Justicia en Casos que Involucren Derechos de Personas, Comunidades y Pueblos Indígenas, 5) Diversos Acuerdos Generales de Administración, del Presidente de la SCJN, entre otros.
Por último, es importante señalar que todas estas acciones encaminadas a la tutela de los pueblos originarios, otorgan mayores beneficios a las personas, comunidades y pueblos indígenas.
[1]El Protocolo se puede consultar en https://www.sitios.scjn.gob.mx/codhap/sites/default/files/archivos/paginas/nueva_version_ProtocoloIndigenasDig.pdf
[2]La publicación se puede consultar en https://www.scjn.gob.mx/derechos-humanos/publicaciones/libros/fb/02-pensamiento-indigena-contemporaneo/II/
[3]La publicación se puede consultar en https://www.scjn.gob.mx/derechos-humanos/publicaciones/libros/fb/08-pueblos-negros-mexico/2/
[4]Para más información de las jornadas se pueden consultar en https://www.scjn.gob.mx/jornadas-derechos-humanos/octubre.html
Servicios de Proteción y Restitución de Niños y Niñas
La Suprema Corte de Justicia de la Nación cuenta con un programa o sistema específico en materia de servicios de protección y restitución de niñas/os. Este se implementa a través de la promoción y tutela de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, concretamente la Dirección General de Estudios, Promoción y Desarrollo de los Derechos Humanos (DGEPDDH), a través de las siguientes facultades:
- Realizar actividades de promoción de los derechos de niñas, niños y adolescentes y de derechos humanos, en las labores administrativas y jurisdiccionales a través de diversos mecanismos de difusión.
- Instrumentar acciones de capacitación para promover los derechos de niñas, niños y adolescentes.
- Impartir cursos, talleres, conferencias en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes.
- Impartir cursos, talleres, conferencias en materia de derechos humanos.
- Elaborar o actualizar contenidos de estudios, publicaciones en materia de infancia y de derechos humanos.
- Apoyar en la elaboración de proyectos editoriales, materiales y documentos de formación orientados a la difusión y promoción de derechos de niñas, niños y adolescentes y de derechos humanos.
En referencia al marco normativo en que sustentan las distintas líneas de acción a seguir en materia de niñas, niños y adolescentes, mismas que han sido encomendadas a la DGEPDDH-SCJN, se citan las siguientes:
1) La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2) La Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, 3) El Reglamento Orgánico en Materia Administrativa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, 4) El Protocolo de Actuación para Quienes Imparte Justicia en Casos que Involucren a Niñas, Niños y Adolescentes, 5) Diversos Acuerdos Generales de Administración, del Presidente de la SCJN, entre otros.
Por último, es importante señalar que todas estas acciones están encaminadas a la tutela de las niñas, niños y adolescentes, y les otorgan mayores beneficios a este grupo expuesto a mayores condiciones de vulnerabilidad.
Casas de Justicia
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en su encomienda por garantizar el acceso a la justicia federal ha diseñado una serie programas estratégicos tendientes a brindar información y atención al público en general, a través de las Casas de Cultura Jurídica[1], mediante la instrumentación de programas, con sus objetivos correspondientes, los cuales son:
- Programas[2]
Primero. Eventos.
Segundo. Vinculación con la sociedad, que incluye el Plan de Atención a Pensionados del Poder Judicial de la Federación.
Tercero. Acceso a la Información y Servicios Documentales, que incluye los servicios de Módulo de Información y Acceso a la Justicia, Compilación de Leyes, Biblioteca y Archivo.
Cuarto. Promoción de Publicaciones.
- Objetivos por área[3]
1) Encargado del programa de eventos. "[...]Planear, organizar y ejecutar eventos encaminados a generar, promover y difundir una nueva cultura jurídica y jurisdiccional, basada en la Constitución y sus principios, que fortalezca el respeto a los derechos humanos, el efectivo acceso a la justicia y el Estado Constitucional de Derecho [...]".
2) Encargado del programa de vinculación con la sociedad. "[...] Difundir una nueva cultura jurídica y jurisdiccional, basada en la Constitución y sus principios, que fortalezca el respeto a los derechos humanos, el efectivo acceso a la justicia y el Estado Constitucional de Derecho, con un enfoque incluyente en la sociedad [...].
3) Encargado del programa de acceso a la información y servicios documentales. ¿[¿] Fomentar la investigación y asesorar en la consulta de los acervos de información para generar conocimiento tendiente a fortalecer una nueva cultura jurídica y de la transparencia a través de los servicios de archivo, biblioteca, compilación de leyes y módulo de información y acceso a la justicia, así como difundir los acervos y servicios documentales [...].
4) Encargado del programa de promoción de publicaciones. "[...]Difundir y desplazar las obras publicadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación a fin de promover una nueva cultura jurídica y jurisdiccional, basada en la Constitución y sus principios, que fortalezca el respeto a los derechos humanos, el efectivo acceso a la justicia y el Estado Constitucional de Derecho [..]".
La Dirección General de Casas de la Cultura Jurídica (DGCCJ) se encarga de ejecutar dichas acciones y objetivos, para ello se encuentra dotada de una serie de facultades relacionadas con sus tareas encomendadas, resaltando las siguientes[4]:
1) [...] VII. Organizar, coordinar o prestar apoyo en la realización de eventos y actividades sobre la cultura jurídica y jurisdiccional, así como de acceso a la justicia que fortalezcan el Estado de Derecho, entre la comunidad de cada entidad federativa y en el ámbito nacional[...].
2) "[...] XI. Elaborar materiales informativos, gráficos y publicitarios para el conocimiento de la sociedad, sobre las resoluciones y criterios jurídicos de trascendencia, determinados por la SCJN, así como de las tareas realizadas por las Casas de la Cultura Jurídica y de los eventos de difusión de la cultura jurídica, jurisdiccional y acceso a la justicia encaminadas a fortalecer el Estado de Derecho, que dentro de las mismas se llevan a cabo [...]".
3) "[...] XVIII.Autorizar, previa aprobación, y de acuerdo al presupuesto, actividades no programadas de difusión de la cultura jurídica, jurisdiccional, de los derechos humanos y de acceso a la justicia [...]".
En materia de asesoría jurídica el Instituto Federal de la Defensoría Pública El Instituto Federal de Defensoría Pública tiene como misión "[...] el garantizar el derecho a la defensa pública en materia penal y el acceso a la justicia mediante la orientación, asesoría y representación jurídica en materia administrativa, fiscal, civil y de causas penales, que permite atender a la población menos favorecida del país con los principios de gratuidad, probidad, honradez y profesionalismo con la finalidad de superar las desigualdades sociales y la consolidación del estado de derecho [...]"[5].
En referencia al marco normativo en que sustenta las distintas líneas de acción y programas encomendados a la Dirección General de Casas de la Cultura Jurídica y el Instituto Federal de Defensoría Pública, se citan las siguientes:
1) La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2) La Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, 3) Ley Federal de Defensoría Pública, 4) La Ley Federal de Archivos, 5) La Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 6) La Ley General de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados, 7) El Reglamento Orgánico en Materia Administrativa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, 8) El Manual de Organización Específico de Casas de la Cultura Jurídica (Manual Tipo) y 9)Diversos Acuerdos Generales de Administración de la SCJN, entre otros.
Por último, es importante mencionar que todas estas acciones encaminadas a brindar servicios de atención al público, por parte de las 46 Casas de la Cultura Jurídica, se encuentran distribuidas en todo el territorio de la República, tienen como sujetos beneficiarios a toda la sociedad en general.
[1] Las Casas de Cultura Jurídica estructuran su trabajo a través del "Manual de Organización Especifico de Casas de la Cultura Jurídica, Manual Tipo (MOECCJ-MT)".
[2]Los programas estratégicos que se describen en el presente apartado se encuentra previstos en el documento MOECCJ-MT, dentro del apartado ¿Introducción¿, última actualización 03-05-2018.
[3] Cfr. Manual de Organización Específico Casas de la Cultura Jurídica. Véase MOECCJ-MT:http://psvscjnsijs.scjn.pjf.gob.mx/manuales/docs/MOE_CCJ_DGRHIA_V3052018.pdf
[4]Estás tareas se encuentran en el artículo 37 del Manual de Organización Específico Casas de la Cultura Jurídica. Véase MOECCJ-MT: http://psvscjnsijs.scjn.pjf.gob.mx/manuales/docs/MOE_CCJ_DGRHIA_V3052018.pdf
[5]Cfr. Instituto Federal de Defensoría Jurídica. Véase en el siguiente enlace https://www.ifdp.cjf.gob.mx/paginas/subInstituto.htm?pageName=informacion%2FmisionVision.htm
Oficina de Atención Permanente / o al Ciudadano
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cuenta con una Oficina de Atención Ciudadana, en donde se brinda orientación respecto a dudas generales de la ciudadanía en materia de resoluciones judiciales, está se encuentra adscrita a la Coordinación General de Asesores de la Presidencia, labora conforme al horario de la institución.
Asimismo la Secretaria General de la Presidencia (SGP) cuenta con facultades previstas en el Reglamento Orgánico en Materia Administrativa de la SCJN (ROMA), destinadas a coordinar y supervisar solicitudes de audiencia que formulen los ciudadanos y que están dirigidas al Presidente de la Suprema Corte.
"[...] IX Coordinar y supervisar las solicitudes de audiencias formuladas por los servidores públicos del Poder Judicial, así como por otros Poderes de la Federación, particulares, instituciones privadas, que se dirijan al Presidente por cualquier medio [...]"[1].
Por último, cabe enfatizar que este tipo de acciones benefician a toda la sociedad en general.
[1]Cfr. Reglamento Orgánico en Materia Administrativa de la SCJN (ROMA). Véase en https://www.scjn.gob.mx/conoce-la-corte/marconormativo/public/api/download?fileName=roma(1).pdf
Servicios Itinerantes
La Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene su sede en la Ciudad de México y resuelve en dicha ciudad. Sin embargo, el Instituto Federal de Defensoría Pública del Poder Judicial de la Federación ha previsto el establecimiento de Delegaciones.
Sin embargo, es importante tener en consideración que conforme al artículo 23 de la Ley de Amparo, regula la figura de competencia concurrente en materia de amparo, en la cual se autoriza que en aquellos lugares que por su ubicación remota o lejana no exista un juzgador del Poder Judicial de la Federación, se garantice el acceso a la justicia federal a la población mediante la interposición de sus demandas de amparo a través de la oficina pública de comunicaciones del lugar. Asimismo, se prevé la posibilidad de su interposición mediante medios electrónicos. Se cita a continuación el precepto de referencia:
"[...] Artículo 23. Si alguna de las partes reside fuera de la jurisdicción del órgano de amparo que conozca o deba conocer del juicio, la demanda y la primera promoción del tercero interesado podrán presentarse, dentro de los plazos legales, en la oficina pública de comunicaciones del lugar de su residencia, en la más cercana en caso de no haberla, o bien, en forma electrónica a través del uso de la Firma Electrónica [...]".
Por otro lado, en el Instituto Federal de Defensoría Pública del Poder Judicial de la Federación cuenta con Defensatel el cual es un servicio de telefonía de asesoría gratuita en algún caso penal federal.