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Guatemala

Oficina de Género / de la Mujer

En cumplimiento de las convenciones y tratados internacionales, leyes y políticas nacionales que promueven los derechos humanos de las mujeres, en el año 2006 se creó la Unidad de la Mujer y Análisis de Género, como ente asesor y rector para la incorporación de la perspectiva de género dentro del Organismo Judicial. 

 

En el año 2012, la Unidad fue elevada a categoría de Secretaría, mediante Acuerdo Número 69/2012 de la Presidencia del Organismo Judicial, teniendo dentro de sus atribuciones el mandato de definir, implementar y monitorear el cumplimiento de la Política Institucional del Organismo Judicial sobre Igualdad de Género y Promoción de los Derechos Humanos de las Mujeres; trabajo que se desarrolla de manera sistemática, desde la planificación institucional hasta la ejecución de actividades en coordinación con diferentes dependencias administrativas y órganos jurisdiccionales, incorporándolo en los Planes Operativos Anuales.

Base Legal 

  • Constitución Política de la República de Guatemala. Artículo 2. Deberes del Estado; Artículo 4. Libertad e igualdad; Artículo 46. Preeminencia del Derecho Internacional.
  • Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Intrafamiliar, Decreto 97-96 del Congreso de la República de Guatemala y su reglamento.
  • Ley de Dignificación y Promoción Integral de la Mujer, Decreto 7-99 del Congreso de la República de Guatemala.
  • Ley de Desarrollo Social, Decreto No. 42-2001 del Congreso de la República de Guatemala.
  • Ley Contra el Femicidio y Otras Formas de Violencia Contra la Mujer, Decreto No. 22-2008 del Congreso de la República de Guatemala.
  • Acuerdo No. 67/006 de fecha 6 de octubre de 2006 de la Presidencia del Organismo Judicial y de la Corte Suprema de Justicia, en el que se creó la Unidad de la Mujer y Análisis de Género del Organismo Judicial.
  • Acuerdo 69/012 por medio del cual se modifica el nombre y funciones de la Unidad de la Mujer y Análisis de Género, que a partir de la Vigencia del mismo se denomina Secretaría de la Mujer y Análisis de Género.
  • Acuerdo 277/018 por medio el cual se aprueba la reestructuración de la Secretaría de la Mujer y Análisis de Género. 
  • Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), de la Organización de las Naciones Unidas, ratificada por el Estado de Guatemala en 1982.
  • Declaración y Plataforma de Acción de Viena, aprobada por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos del 25 de junio de 1993, convocada por la Organización de las Naciones Unidas.
  • Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, "BELÉM DO PARÁ", de la Organización de Estados Americanos, ratificada por el Estado de Guatemala en 1995.
  • Declaración y Plataforma de Acción de la Conferencia Mundial de la Mujer, "BEIJING" 1995.
  • Protocolo facultativo de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, aprobado por la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas, Resolución A/54/4 con fecha 6 de octubre de 1999.
  • Cien Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad. 
  • Acuerdos suscritos en los Encuentros de Magistradas de los más Altos Órganos de Justicia de Iberoamérica y el Caribe.

 

Dependencia de control. La Secretaría de la Mujer y Análisis de Género depende directamente de la Presidencia del Organismo Judicial. 

 

Funciones generales

  • Promover la implementación de la Política Institucional del Organismo Judicial en materia de igualdad de género y promoción de los derechos humanos de las mujeres, así como el monitoreo de su cumplimiento.
  • Promover propuestas e iniciativas que contribuyan a la formación en materia de derechos humanos de las mujeres y género, como eje transversal institucional en cumplimiento y seguimiento de las políticas definidas por la Corte Suprema de Justicia.
  • Brindar asesoría en materia de género y derechos humanos de las mujeres, a las autoridades, dependencias administrativas y órganos jurisdiccionales.

 

Facultades

Su naturaleza no es ser un ente de atención al público ya que es eminentemente una dependencia de apoyo y asesoría para la institución. 

 

Población beneficiada

Trabajadoras de la institución y usuarias del sistema de administración de justicia. Según lo establece la Política institucional del Organismo Judicial sobre igualdad de género y promoción de los derechos humanos de las mujeres.

Oficina de violencia doméstica

El sistema utilizado (nombre o normativa)

Cada uno de los juzgados especializados que ha creado la Corte Suprema de Justicia,  posee un sistema de atención integral para la atención de las víctimas, según la competencia otorgada.

La competencia específica y la estructura organizacional de ambos órganos jurisdiccionales está regulada mediante el Acuerdo 28-2014 de la Corte Suprema de Justicia

La dependencia de control

Dirección de Gestión de Familia, funciones otorgadas mediante el acuerdo 102-2014

Funciones:

  • Desarrollar y promover la implementación, monitoreo, análisis y mejora continua del Modelo de Gestión en los órganos que integran el Centro de Justicia de Familia, incluyendo los sistemas y herramientas de apoyo tecnológico.
  • Extender a los órganos jurisdiccionales de Familia de toda la República, el Modelo de Gestión implementado en los órganos que integran el Centro de Justicia de Familia, así como realizar el monitoreo, análisis y mejora continua del mismo;
  • Apoyar en la verificación del cumplimiento de los compromisos provenientes de convenios y tratados internacionales ratificados por el Estado de Guatemala, en materia de familia y Niñez y Adolescencia.

Los objetivos propuestos y las características del funcionamiento del sistema

Objetivo de ambos órganos jurisdiccionales:

Contar un modelo jurisdiccional especializado en protección inmediata para víctimas de violencia intrafamiliar. 

Brindar una respuesta efectiva e inmediata y de urgencia a las víctimas de violencia intrafamiliar. 

 

Características: 

Permite el acercamiento de las víctimas a los jueces y juezas a través de escucharlas sus necesidades en audiencia y resolver durante la misma de forma inmediata.

Se agiliza la ejecución de las medidas de seguridad con una área integrada interinstitucionalmente para reducir la revictimización de las víctimas, lo que garantiza la no revictimización de las mismas. 

 

Las facultades (si resuelve o sólo deriva)

Funciones del  Juzgado de Primera Instancia de Familia con Competencia Específica en Materia de Violencia Intrafamiliar.

 

Recibir, conocer y resolver las denuncias escritas que se presenten por violencia intrafamiliar, comunicándose con el solicitante si no se contare con suficientes elementos para el otorgamiento de una medida. 

Recibir, conocer y resolver en audiencia, las denuncias verbales que se presenten por hechos de violencia intrafamiliar, así como aquellas denuncias escritas en las que se encuentre presente la víctima, otorgando las medidas de seguridad necesarias para el cese y prevención de los actos de violencia intrafamiliar.

Recibir, tramitar y resolver las oposiciones que se presenten contra las medidas de seguridad que haya dictado el mismo, así como de las dictadas por los Juzgados de Paz y Juzgados de Paz Móviles con sede en la ciudad de Guatemala.  

Conocer y resolver las solicitudes de prórroga, ampliación o sustitución de las medidas de seguridad que haya dictado el mismo, así como de las dictadas por  los Juzgados de Paz y Juzgados de Paz Móviles con sede en la ciudad de Guatemala.

Realizar las demás funciones establecidas en las leyes, reglamentos, circulares, acuerdos y demás instrucciones de la Corte Suprema de Justicia.

 

Juzgado de Paz de Turno de Familia con competencia específica para la protección en materia de Violencia Intrafamiliar y de Niñez y Adolescencia Amenazada o Violada en sus derechos. 

Recibir, conocer y resolver las denuncias escritas que se presenten por violencia intrafamiliar, comunicándose con el solicitante si no se contare con suficientes elementos para el otorgamiento de una medida. 

Recibir, conocer y resolver en audiencia, las denuncias verbales que se presenten por hechos de violencia intrafamiliar, así como aquellas denuncias escritas en las que se encuentre presente la víctima; otorgando las medidas de seguridad necesarias para el cese y prevención de los actos de violencia intrafamiliar.

Recibir, conocer y resolver, a prevención, las solicitudes de medidas de protección a favor de niños, niñas y adolescentes amenazados o violados en sus derechos, conforme a la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia.

Realizar las demás funciones establecidas en las leyes, reglamentos, circulares, acuerdos y demás instrucciones de la Corte Suprema de Justicia.

La población beneficiada

 

Juzgado de Paz de Turno de Familia con competencia específica para la protección en materia de Violencia Intrafamiliar y de Niñez y Adolescencia Amenazada o Violada en sus derechos. 

En el año 2018, se otorgaron 2920 medidas de seguridad.

En el año 2019 hasta el mes de mayo se han otorgado 894 medidas de seguridad. 

 

Juzgado de Primera Instancia de Familia con Competencia Específica en Materia de Violencia Intrafamiliar.

En el año 2017 se otorgaron 2975 medidas de seguridad.

En el año 2018 se otorgaron 2524 medidas de seguridad.

En el año 2019 se han otorgado hasta el mes de mayo 1157 medidas de seguridad.

Servicios para pueblos originarios

3. Servicios para pueblos indígenas

 

  • Creación de la Secretaria de Pueblos Indígenas del Organismo Judicial. Acuerdo No. 231/017 de la Presidencia del Organismo Judicial.
  • Creación del Centro Interpretación de Idiomas de Pueblos Indígenas -CITIN- Acuerdo No.   158/013 de la Presidencia del Organismo Judicial.
  • Circular No. 7-2012 de la Cámara Penal de la Corte Suprema de Justicia sobre Pluralismo Jurídico, llamado a Jueces, Juezas, Magistrados y Magistradas a la Observancia del sistema jurídico de pueblos indígenas.
  • Acceso a la justicia en el idioma materno. En el año 2012 se atendieron 22 audiencias en idiomas mayas; el año 2017 se atendieron 10,930 audiencias en idiomas mayas; el año 2018 se atendieron 10, 565, audiencias en idiomas mayas; en el primer cuatrimestre del año 2019 se han atendido más de 3,500 audiencias en diversos idiomas mayas, en asuntos penales, civiles, de familia y administrativos.

 

Acciones de Fortalecimiento Institucional

  • Cursos de Aprendizaje de Idiomas  Mayas como segunda lengua. Kaqchikel en ciudad de Guatemala,  K¿iche¿ en ciudad de Quetzaltenango,        Q¿eqchi¿ y  Poqomchi en Cobán Alta Verapaz,  Mam y Q¿anjobal en Huehuetenango, dirigido a Jueces, Secretarios y personal de atención al público del Organismo Judicial;  orientado para que oficiales interpretes aprendan a enseñar y utilizar la metodología de inmersión total . Actualmente reciben el curso 140 estudiantes.
  • Generación de instrumentos de trabajo

        Protocolo de atención a mujeres indígenas.

Cuaderno Estado y Derecho 1. El Peritaje cultural.

Cuaderno Estado y Derecho 2. Manual de Justicia Penal con pertinencia cultural.

Compilación de Sentencias con pertinencia cultural. Tomos I y II.

Módulo de Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas de la Escuela de Estudios Judiciales del Organismo Judicial.

Política del Organismo Judicial de Acceso a la Justicia para Pueblos Indígenas POJAJPI Fase (Actualmente está en final de observaciones y correcciones para aprobación del Pleno de Magistrados de la Corte Suprema de Justicia).

Reuniones preparatorias para transversalizar  género, niñez y pueblos indígenas. Actualmente se realizan reuniones de trabajo para identificar acciones en conjunto entre las secretarias de la Mujer, Niñez y Pueblos Indígenas para identificar acciones de transversalización para el Plan Operativo Anual del Organismo Judicial.

Folletos sobre Neologismos Jurídicos.

 

Formación en el Servicio

  • Diplomados de Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas de la Escuela de Estudios Judiciales del Organismo Judicial, con el aval de la Facultad de Derecho de la Universidad de San Calos de Guatemala. Actualmente se desarrolla el III diplomado en la cabecera departamental de San Marcos, dirigido a Jueces, Fiscales, abogados Defensores y Defensoría de la Mujer Indígena.
  • Talleres sobre racismo y discriminación contra los pueblos indígenas y la activación del régimen disciplinario interno, dirigido a personal administrativo del Organismo Judicial.
  • Talleres para socializar el Manual de Justicia Penal con pertinencia cultural, dirigido a Jueces y magistrados del Organismo Judicial. Se realizan en regiones de Occidente, Nororiente y región Central del país.

 

Estudios- Actualmente están en proceso de realización:

  • Diagnóstico de condiciones institucionales y de garantía de derechos de Pueblos Indígenas. Se realizará en los municipios donde están instalados juzgados de paz comunitarios, San Luis- Peten, Santa María Chiquimula-Totonicapán,
  • Estudio en el departamento de Sololá para elaborar guía de reparación integral a la víctima con pertinencia cultural.
  • Consultoría para el análisis jurídico antropológico de sentencias que garantizan los derechos culturalmente diferenciados de pueblos indígenas con enfoque de género y niñez, en materia de justicia penal y de familia.

Acompañamiento a Autoridades Indígenas en procesos de formación sobre Sistema Jurídico Propio de los Pueblos Indígenas y Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas en diversas regiones del país.

 

Acciones de Coordinación entre la Jurisdicción Ordinaria y la Jurisdicción Indígena

  • Encuentros regionales de Autoridades indígenas y jueces de jurisdicción ordinaria sobre Casos resueltos en jurisdicción indígena y jurisdicción ordinaria como aportes concretos al proceso al proceso de respeto y garantía de los derechos humanos de los pueblos y de las mujeres indígenas en Guatemala.

 

Sistema utilizado (nombre o normativa)

           Declaración de Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas

            Declaración Americana de Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas

            Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes

            Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación racial CERD

            Constitución Política de la República de Guatemala.

            Legislación Ordinaria.

 

La dependencia de control

  • Comité de Expertos de Naciones Unidas-Ministerio de Relaciones Exteriores, Comisión Presidencial contra la Discriminación y el Racismo, Procuraduría de Derechos Humanos, quienes tienen a su cargo la rendición de informes de Estado ante el comité de expertos de naciones unidas para  cumplimiento de los diversos convenios y tratados en materia de derechos humanos.
  • Los objetivos propuestos y las características del funcionamiento del sistema
  • Evaluación en materia de reconocimiento y garantía de los Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas.
  • Las facultades (si resuelve o sólo deriva)
  • La Secretaria de Pueblos Indígenas es un órgano administrativo asesor y ejecutor de la Presidencia del Organismo Judicial y de la Comisión de Pueblos Indígenas del Pleno de Magistrados de la Corte Suprema de Justicia. 
  • La población beneficiada
  • Los pueblos indígenas del Estado de Guatemala en calidad de usuarios y los sujetos de obligación del sistema de Justicia ordinaria del Estado de Guatemala.

 

 

Servicios de Proteción y Restitución de Niños y Niñas

El Organismo Judicial cuenta con: 

  • La Secretaría de la Niñez y Adolescencia
  • Asimismo se tiene el Reglamento General de Juzgados y Tribunales con competencia en materia de la niñez y adolescencia amenazada o violada en sus derechos humanos y adolescentes en conflicto con la Ley Penal.
  • Acuerdos 42-2007, 40-2010, 25-2011 y 16-2013 de la Corte Suprema de Justicia que desarrolla los Reglamentos de los Juzgados de la Niñez y Adolescencia en Conflicto con  la Ley Penal; Reglamento de Medidas de Protección de la Niñez y Adolescencia y el Instructivo para el Uso y Funcionamiento de Cámara Gesell, Circuito Cerrados y otras Herramientas para recibir las declaraciones de niñas, niños y adolescentes víctimas y testigos.

 

Casas de Justicia

Sistema utilizado. Centros de Mediación acuerdo 15/999 de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia.

Dependencia de Control. Presidencia del Organismo Judicial.

Objetivos propuestos. Utilización de fórmulas conciliatorias de derecho consuetudinario que sea factible, el acceso de la población guatemalteca, urbana y rural a la Justicia.

Características de funcionamiento del sistema.

  • Fácil acceso
  • Gratuito
  • No exige formalidades
  • Atención inmediata.

Facultades. Promueve la resolución de conflictos en forma pacífica para evitar llegar a otras instancias.

Población beneficiada. Circunscripción municipal y departamental en donde existen Centros de Mediación.

 

Oficina de Atención Permanente / o al Ciudadano

El sistema utilizado. Juzgados de Paz

Normativa. Artículo 101 de la Ley del Organismo Judicial

Dependencia de control. Supervisión General de Tribunales

Objetivos propuestos.

  • Ejercer jurisdicción dentro de los límites del territorio para el que hayan sido nombrados.
  • Su competencia por razón de la materia y de la cuantía serán fijadas por la Corte Suprema de Justicia; y sus atribuciones en el orden disciplinario, son las mismas respecto a sus subalternos, que las otorgadas en el propio caso a  los jueces de primera instancia.

Facultades. Resolver conflictos sometidos a su jurisdicción y competencia.

Población beneficiada. Habitantes de cada municipio en donde existen juzgados de paz.

 

Servicios Itinerantes

El sistema utilizado. Juzgados de Paz Itinerantes (Juzgado de Paz móvil)

Normativa. artículo 103 de la Ley del Organismo Judicial

Dependencia de control. Supervisión General de Tribunales

Objetivos propuestos.

  • Poner al alcance de la población una justicia ágil, eficaz, gratuita y que resuelva con prontitud conflictos de menor gravedad y/o cuantía.
  • Restaurar armoniosamente relaciones de diversa índole, afectadas por el surgimiento de diferencias o disputas.

Facultades. Resolver conflictos de menor gravedad y/o cuantía.

Población beneficiada. Personas que no tengan fácil acceso a los Juzgados de Paz de los Municipios con sede fija, permanente. 

Servicios de Justicia de Paz

El sistema utilizado. Juzgados de Paz 

Normativa. artículo 101 de la Ley del Organismo Judicial

Dependencia de control. Supervisión General de Tribunales

Objetivos propuestos.

  • Ejercer jurisdicción dentro de los límites del territorio para el que hayan sido nombrados.
  • Su competencia por razón de la materia y de la cuantía serán fijadas por la Corte Suprema de Justicia; y sus atribuciones en el orden disciplinario, son las mismas respecto a sus subalternos, que las otorgadas en el propio caso a  los jueces de primera instancia.

Facultades. Resolver conflictos sometidos a su jurisdicción y competencia.

Población beneficiada. Habitantes de cada municipio en donde existen juzgados de paz.

 

Mediación

Jurisdicción

Depende del Poder Judicial bajo la responsabilidad del Presidente del Organismo Judicial y Corte Suprema de Justicia.

Tipo de norma y año

Reglamento para el funcionamiento de los Centros de Mediación del Organismo Judicial; acuerdo número 138/013 de la Presidencia del Organismo Judicial. Artículo 25 Quater, Código Procesal Penal. 

Manual para el mediador del Organismo Judicial.

Tipos de mediación

Se ejecutan dentro del Organismo Judicial, previo a iniciar proceso judicial. Con procesos iniciados por medio de derivación por parte del Órgano Jurisdiccional o referencia con expediente del Ministerio Público. 
Se registran en todas las materias: Civil, penal, familia, laboral, ambiental, mercantil y agraria. Hay tres Centros especializados Familia y Laboral en la ciudad capital; y agrario en Cobán Alta Verapaz.

Mediación en el ámbito penal

Se implementó a partir de 1998, al momento que el Organismo Judicial inauguró el servicio de mediación. 

Se atienden delitos menos graves, a partir de la aprobación de reformas al Código Procesal Penal que adicionó el artículo 25 Quater, aplicando el criterio de oportunidad

Organismo de control de gestión

Ente rector designado por el Presidente del Organismo Judicial: Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos ¿DMASC-.

Organismo a cargo del registro de mediadores

Ente rector designado por el Presidente del Organismo Judicial: Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos ¿DMASC-.

Arbitraje

Jurisdicción

En lo que concierne al Organismo Judicial, se tiene en materia laboral, el ¿artículo 294. Los Tribunales de Conciliación y Arbitraje tienen carácter permanente y funcionarán en cada juzgado que por designación de la Corte Suprema de Justicia conozca en materia laboral. El Presidente del tribunal convocará a los representantes de los trabajadores y patronos cuando sea necesario integrar dicho tribunal. Los suplentes serán llamados en el mismo orden de su elección o designación. El juez y quienes integren los Tribunales de Conciliación y Arbitraje devengarán en concepto de dietas las sumas que decida la Corte Suprema de Justicia, la cual debe incluir anualmente en su presupuesto suficientes recursos para ello o gestionar conforme a la ley las transferencias necesarias para ese fin. Los tribunales de Conciliación y Arbitraje conocen en primera instancia.

Asimismo, en materia de arbitraje, las partes acuerdan bajo cláusula de contrato o negociación resolver sus diferencias por esta vía. Para ello se avocan a la Comisión de Resolución de Conflictos de la Cámara de Industria de Guatemala.

Tiene fundamento legal en la Constitución Política de la República de Guatemala; la Ley de Arbitraje, Decreto 67-95 del Congreso de la República de Guatemala; y el Reglamento y Arancel de CRECIG.

Tipo de norma y año

Ley de Arbitraje, Decreto 67-95 del Congreso de la República de Guatemala.

Reglamento y Arancel de la Comisión de Resolución de Conflictos de la Cámara de Industria de Guatemala -CREICIG-.

La Comisión de Resolución de Conflictos de la Cámara de Industria de Guatemala, por sus siglas -CRECIG-, es una institución privada especializada en la administración de Procesos de Arbitraje nacionales e internacionales, y otros Métodos Alternos de Solución de Conflictos (MARCS).

Son también funciones de nuestra Comisión la difusión, aplicación, agilización, perfeccionamiento y generalización de los métodos alternativos de solución de conflictos, así como la capacitación mediante programas de uso sostenido.

Nuestro Centro de Arbitraje y Conciliación, tiene como objetivo promover la resolución de controversias mediante la aplicación de los Métodos Alternativos de Solución de Conflictos, dentro del concepto marco de Cultura de Paz.

Forma y oportunidad de acceso

En los procesos laborales a través de lo establecido en el artículo 294 del Código de Trabajo.

Y a través de la Comisión de Resolución de Conflictos de la Cámara de Industria de Guatemala, por sus siglas -CRECIG-   por acuerdo entre las partes. 

Modalidad

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Otros Servicios

Unidad de Servicio Nacional de Facilitadores Judiciales

Explicación del sistema.

Se desarrolla a través de La Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos, y atiende a las instrucciones de la Presidencia del Organismo Judicial y de la Comisión Coordinadora, con el apoyo de la Escuela de Estudios Judiciales y otras dependencias administrativas. 

Se basa en la colaboración de Facilitadores Judiciales, voluntarios, y designados por los miembros de la comunidad, quienes desempeñan sus funciones en forma gratuita. 

Los jueces de Paz son los encargados de convocar, dirigir, promover, divulgar, capacitar, dar seguimiento, evaluar los servicios y juramentar a los Facilitadores Judiciales. 

 

Normativa: Decreto Número 12-2016, del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Servicio Nacional de Facilitadores Judiciales.

Dirigido a personas de su propia comunidad.

  • Aporta un beneficio a las comunidades y judicaturas donde este implementado, ya que además de prevenir y resolver conflictos disminuye cargas de trabajo, acercando a las comunidades al juez, con ello al Organismo Judicial.

Actividades de los Facilitadores Judiciales.

  • Efectúa los trámites que le encarga el Juez y otras autoridades de justicia, apoyando a las instituciones en las actividades y diligencias propias de su función.
  • Remite casos o informa situaciones a la autoridad en casos que fueran de la competencia de estas.
  • Brinda a la ciudadanía el conocimiento de los derechos y obligaciones, prohibiciones, valores, principios y garantías contenidas en la Constitución, demás leyes y reglamentos.
  • Asesora, aconseja, orienta o da información a las personas que le consultan sobre diversos temas jurídicos o administrativos.
  • Si puede, acompañar a las personas que se les piden apoyo para hacer algún trámite o gestión ante autoridad competente de acuerdo a la naturaleza del problema.
  • Realiza acuerdos o arreglos extrajudiciales en los casos en que la ley no lo prohíbe ¿siempre que las partes lo soliciten¿.